Violencia de género en mujeres con discapacidad

Cada 8 de marzo recordamos a un grupo de obreras textiles que decidieron salir a la calle a reclamar por sus derechos y mejoras en sus condiciones laborales, reclamaba la igualdad salarial, la disminución de la jornada laboral a 10 horas y un tiempo para poder dar de mamar a sus hijos.

09 de Abril 2019

Durante esa huelga, murieron  más de un centenar de mujeres quemadas en una fábrica de Sirtwoot Cotton, en un incendio que se atribuyó al dueño de la fábrica como respuesta a la huelga.

Tomemos esta fecha en donde  trabajadoras perdieron la vida como consecuencia de una atroz violencia de la que no estamos ajena ninguna de las mujeres que reclamamos por nuestros derechos.

Buen momento para reflexionar e  incluir en este colectivo, a las mujeres con diversidad funcional.

Ellas  son víctimas de  una  “doble discriminación” que dificulta su plena participación social, mujer con discapacidad.

Disponen en algunos casos, de menos recursos, personales y sociales, para defenderse del agresor y  dificultades para identificar, expresar y/o denunciar situaciones  de maltrato, lo que no justifica su exclusión, desacreditación, vulneración y pleno goce de sus derechos como mujer.

Son el sector de mayor exclusión en  acceder  al ámbito laboral, aumentando sus posibilidades de sufrir dependencia económica y material respecto de su agresor.

Esta doble discriminación se refleja también en la violencia sexual, las  consecuencias físicas y psicológicas que van a tener, y  cuál es la respuesta que las instituciones ofrecen a este tipo de delito. Si hablamos de inclusión, como generador de oportunidades, ¿qué respuestas ofrecen las instituciones encargadas de receptar y contener a mujeres víctimas de violencia?

Están capacitadas para atender a la diversidad de la población que sufre este flagelo, poniendo como ejemplo a  las mujeres sordas, que no acceden al lenguaje oral utilizando solo la lengua de señas.

No se trata solo de agresión física o verbal, sino que la violencia adquiere múltiples  manifestaciones como lo son el abuso físico, emocional, sexual, incluso económico sobre la víctima.

La violencia hace referencia además  a aquellos actos que, por negación, tienen como resultado la generación de un daño físico o psicológico debido a la dependencia o necesidad de asistencia de otras personas, categorizándose en este grupo el abandono físico y el emocional.

La sobreprotección y control de las niñas con “discapacidad”, en muchas ocasiones puede encubrir situaciones de abuso y maltrato en el ámbito privado, familiar o institucional.

Aun cuando puedan percibir el abuso, muchas son conscientes de que se trata de su único modo de vida, y el abuso es el precio que paga por su supervivencia, particularmente en casos de importantes limitaciones en la actividad y que necesitan de la familia o de personas cuidadoras cuando están en instituciones.

Se suman factores como un menor nivel educativo de las niñas y las mujeres con “discapacidad”, mayor aislamiento, particularmente en entornos menos desarrollados y zonas rurales, y el  acceso a tales servicios, las  “barreras” arquitectónicas, de transporte, de comunicación, en el caso de las mujeres sordas que no acceden al lenguaje oral y  de accesibilidad.

Con todo lo plasmado, es que estamos convencidos de  la necesidad, de  diseñar políticas públicas más efectivas ante estas situaciones y poner en agenda como prioridad la violencia de género en mujeres con diversidad funcional.

 A pesar de que hay indicios de que se trata de una problemática evidente, existe una total invisibilidad y desconocimiento a cerca de la vulnerabilidad de las mujeres con diversidad funcional.

 

La violencia puede incluir:

-aislamiento forzado en sus  vivienda.

- administración forzada de psicofármacos.

- institucionalización forzada. 

-  aislamiento en instituciones.

- la creación de situaciones de pretexto en las que la mujer aparece como violenta o incompetente, a fin de justificar la institucionalización y privación de la capacidad jurídica.

- etiquetar la ira  de las mujeres como una conducta  peligrosa especialmente si la mujer ha sido previamente institucionalizada.

- abuso físico o  amenaza del mismo.

-amenazas de abandono.

- violaciones de la vida privada.

-restricciones  económicas.

- violación por parte del personal y otros compañeros/residentes en las instituciones.

 - esterilización forzada.

 Algunas formas de violencia contra las mujeres con discapacidad no son visibles de inmediato como violencia, porque en realidad son legales, naturalizadas  y aceptadas en la sociedad.

Nuestro objetivo colectivo es entonces, empoderarnos política y socialmente a través de la SORORIDAD, para potenciar nuestra capacidad y bienestar personal, manteniendo nuestros derechos adquiridos colectivamente y avanzar para que nuestro lugar en la sociedad sea visibilizado, valorado y respetado.

 

Por Prof. Sandra Ferrero
Docente de apoyo a la inclusión

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